Nanotecnología y privacidad

La nanociencia y sus aplicaciones están cambiando la cotidianidad; sus enormes posibilidades generan grandes esperanzas y, también, miedo a su potencial mal uso. El medio ambiente, la intimidad, o la misma idea de naturaleza humana pueden verse afectados por las novedades nano que poco a poco, casi imperceptiblemente, se introducen en la vida diaria planteando la necesidad de efectuar un debate adecuado sobre sus implicaciones y riesgos así como acerca de cual sea la mejor forma de regular este nuevo campo.

Como ocurrió en su momento con las innovaciones genéticas, los recientes desarrollos en nanociencia y nanotecnología constituyen ahora un nuevo reto para una sociedad altamente sensibilizada ante los efectos secundarios y la intromisión en la privacidad corporal.

La complejidad de la nanotecnología, en sus diversos enfoques y áreas de aplicación, hace que la identificación y la definición de los riesgos y los problemas derivados no sea tarea fácil.

Esta incertidumbre ante los riesgos eventuales, no permite todavía hablar de medidas concretas, respecto al impacto de las nanopartículas en la salud humana, la acumulación preferencial en ciertos órganos, los umbrales de absorción por el cuerpo humano, los efectos sobre la estructura de la célula, la función y la interacción, la toxicidad y la eliminación de respuestas inmunológicas, por no mencionar aspectos relativos a la intrusión de la privacidad personal y la seguridad medioambiental.

Por ello, las implicaciones bioéticas de tales conocimientos y aplicaciones deben ser analizados para crear las condiciones de un debate experto y público y, además, reguladas adecuadamente buscando conjugar el desarrollo tecnocientífico y la defensa de los derechos de la ciudadanía. En este marco se requieren, pues, respuestas jurídicas que, por el momento, solo se encuentran aplicando las normativas ya existentes, previstas para materias afines pero a escalas distintas, o bien apelando a normas de carácter cada vez mas general e, incluso, a principios jurídicos. Así, es preciso invocar los principios precautorios y ejercer cautelas pero para ello es necesario conocer bien la realidad de que se trata.

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(Mosquito espía)

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(Lápiz espía)

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